Aviso de Materiales Sensibles

6 de Junio 2022

El pasado 09 de mayo del presente año, la Secretaría de Economía publicó sus reglas y criterios en materia de comercio de exterior, mismas que implicaron la creación de nuevas obligaciones.

En principio, el artículo 26 del Decreto IMMEX establece que las empresas a las que se les autorice un Programa IMMEX deberán proporcionar a la Secretaría de Economía y al Servicio de Administración Tributaria la información que éstos les soliciten y que esté relacionada con el Programa autorizado.

Con respecto a las nuevas disposiciones de comercio exterior de la Secretaría de Economía, en el Título 3 “Programas e Instrumentos de Fomento”, Capítulo 3.2 de los “Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX)”, se adiciona una nueva obligación para las empresas que cuentan con programas de certificación IMMEX.

 

Regla 3.2.19 de la secretaría de economía.

El interés de la Secretaría de Economía, se centra en las variaciones de las ampliaciones, que generalmente se presentan por cambio de fracciones, rebasar volumen o término de vigencia.

La nueva regla que contiene la obligación de dar aviso, estipula lo siguiente:

“A efecto de mantener actualizado el archivo electrónico de las empresas certificadas, éstas deberán informar a la DGFCCE, mediante escrito libre en términos de la regla 1.3.5, al correo electrónico dgce.tramitesc@ecnomia.gob.mx sobre las ampliaciones a que se refiere el artículo 6 BIS, fracción II del Decreto IMMEX.”

La interpretación de las autoridades nos dice que debería presentarse un AVISO del 3.2.19 cuando:

1.  Existe un cambio en los insumos del proceso productivo, por fracciones no autorizadas en el programa, se agota el volumen autorizado o vigencia al permiso. Esto lo que no aplica para CIVA- (Si ocurre sería oportuno presentar aviso.)

2.  Existe un cambio en los insumos con adición a fracciones no autorizadas.

Ambas reglas generales, empero pudiera parecer que todos aquellas importadoras que tienen autorización de importación de materiales sensibles, deben ratificar ante dicha autoridad que la autorizó previamente.

Lo anterior, debiendo hacer una relación inicial consistente entre las fracciones autorizadas y una relación técnica de su uso en el proceso productivo.

El objetivo parece ser que las autoridades aduaneras tengan un registro actualizado de todas las ampliaciones y usos adecuados de los materiales sensibles realizados por las empresas.

 

En conclusión, es que derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 09 de mayo de 2022, de las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía, de la Secretaría de Economía, se vuelve necesaria la presentación del aviso de ampliación de mercancías sensibles, y del análisis de la regla referida en este escrito no se desprende que exista un término o plazo de presentación del aviso relativo; sin embargo, la autoridad comenta que el espíritu de esta información, sería que se presente de forma anual.

Es importante comentar que este aviso parece perseguir la identificación de programas IMMEX en “renta” y que por medio de dichos avisos se podrán encontrar las variaciones entre las fracciones propias al programa y las que son ajenas al proceso productivo autorizado.

Por lo que la Secretaría de Economía exhorta a los beneficiarios del programa cumplir con un escrito libre muy sencillo que permita a la autoridad obtener información vigente de los materiales sensibles y su aplicación en el proceso productivo.

Con gusto podemos asesorarles y apoyarles en cualquier cuestión relativa a las implicaciones de las nuevas reglas y criterios en materia de comercio exterior de la Secretaría de Economía, incluyendo las ampliaciones de materiales sensibles y su consecuente aviso a las autoridades.

EXENDE ABOGADOS, S.C. se pone a sus órdenes para resolver cualquier duda particular sobre el tema, será como siempre un gusto poder asesorarle y brindarle servicios jurídicos de calidad.

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